La Junta Central autoriza expedir actas de nacimiento sin necesidad de rectificación
La Junta Central Electoral (JCE) autorizó a los oficiales civiles expedir las actas que están asentadas en libros que no tienen concordancia con la escritura del nombre, folio y el contenido del texto, siempre que el ciudadano demuestre que ha tenido sus documentos con un nombre determinado, sin necesidad de que haga una rectificación.
La Junta Central Electoral (JCE) autorizó a los oficiales civiles expedir las actas que están asentadas en libros que no tienen concordancia con la escritura del nombre, folio y el contenido del texto, siempre que el ciudadano demuestre que ha tenido sus documentos con un nombre determinado, sin necesidad de que haga una rectificación.

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