Proponen modificación 76 artículos del Código Procesal Penal

De acuerdo a las modificaciones planteadas, el Ministerio Público y la Policía podrán practicar secuestro o incautaciones de propiedades cuando se trate de un registro o flagrante delito, sin embargo deberán comunicarlo al juez en un plazo de 48 horas, según la propuesta de modificación del Código Procesal Penal. Más

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